Madrid crea el registro de agentes inmobiliarios

0
3494

Con el fin de que los consumidores puedan identificar a los expertos inmobiliarios, la Comunidad de Madrid ultima un decreto por el que creará un registro de agentes de la propiedad inmobiliaria para regular dicha actividad.

Desde el año 2000 los API (Agentes de la Propiedad Inmobiliaria) vienen denunciando la interrupción en el sector de intermediarios sin formación ni conocimientos que ejercen su actividad con absoluta impunidad y como consecuencia de ello, se desarrollan prácticas abusivas en el sector. Recordemos que desde ese año, no es necesario contar con una titulación específica para ejercer la profesión, ni con seguro de responsabilidad civil, ni tener un domicilio físico concreto.

Los expertos que participaron en las III Jornadas Inmobiliarias coinciden en la necesidad de la profesionalización del mercado inmobiliario y más cuando en la actualidad dicho mercado está sufriendo una transformación con las nuevas tecnologías.

 

Según consta en el borrador del Decreto, son necesarios una serie de requisitos para aparecer en el registro (lo cual es de carácter voluntario y no obligatorio). Entre ellos:

-Tener una Titulación universitaria de la rama de Ciencias Sociales, Jurídicas, Ingeniería o Arquitectura o, en su defecto, contar con una formación no universitaria de al menos 200 h. en materia inmobiliaria.

-Tener Experiencia en la prestación de los servicios propios de un API durante al menos los cuatro años inmediatamente anteriores a su inscripción en el registro.

-Aportar un domicilio fiscal y una dirección física de referencia si solo operan online y que contraten un seguro de caución por un mínimo de 60.000 euros por establecimiento y año.

-Disponer de un seguro de responsabilidad civil con un importe mínimo a asegurar de 100.000 euros por siniestro y 600.000 euros por año.

Los profesionales inscritos en dicho registro contarán con un sello de calidad.

 

Pero aunque esta iniciativa se haya creado para combatir la falta de profesionalidad en el sector, algunos expertos ven algunas lagunas. Por ejemplo, Montserrat Junyent, asesora jurídica de los Colegios y Asociación de Agentes Inmobiliarios de Cataluña, opina que “un registro voluntario poco puede incidir ya que no se llega a los profesionales que no estén registrados”.  De hecho, en Cataluña está en vigor un registro, pero de carácter obligatorio.

Por su parte, Jesús Martínez Caja, secretario general ejecutivo de AMADEI, lo valora de forma más positiva, ya que aunque el registro sea voluntario, “sí puede aportar un sello de calidad” para los profesionales.