Indicios y presunciones: El caso del velo del comprador

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En esta ocasión comentaremos el caso del velo del comprador. Lo haremos con una sentencia que rechaza la demanda de un agente inmobiliario contra el propietario que, vendió un inmueble a un comprador final que no había sido presentado al propietario por la agencia, pero que resultó ser novio de la persona que acudió a la inmobiliaria a conocer y hablar sobre el inmueble.

Vamos a exponer un caso de “salto a la agencia”, en la que la se burla esta por una pareja de novios. La picardía de la situación hace que todas las gestiones con la agencia las llevase la novia justo hasta el día que finalmente manifestó que el inmueble visitado en varias ocasiones, no le convenía y que quería ver más.

Sin que la agencia lo conociese, al día siguiente de esa visita con resultado negativo por parte de la novia, el novio firmaba un contrato privado con el dueño del inmueble… tras la primera visita. Esta persona nunca tuvo relación alguna con la agencia.

Por razones que no conocemos, la agencia se entera posteriormente de la relación sentimental entre su “cliente” y el comprador final (el novio), se siente burlada y plantea entonces una demanda. Demanda que “para más INRI” gana en primera instancia la agencia y pierde en la segunda.

1 EL CASO QUE NOS OCUPA.
Es este, un caso de “salto a la agencia” absolutamente ejemplar. Pero lo que más nos va a interesar no es tanto saber por qué o en la forma que ocurrió sino la forma en la que el juez valoró el caso. Y lo que podemos aprender.

HECHOS SUSTANCIALES:
-No existe un contrato de exclusiva sino que se trata de una nota de encargo. ( El juez usará este detalle para apoyar su tesis pero el caso es que cualquiera que hubiese podido ser el tipo de encargo concertado, “el salto” hubiese sido posible con cualquier tipo de contrato.)
-La propiedad es comprada por el novio (INTERESADO 2) de la visitante INICIAL (INTERESADO 1).
-La agencia reclama la comisión al propietario porque su cliente l(la que visitó la vivienda) fue presentada por la agencia , Y PORQUE PIENSA QUE LA RELACIÓN entre la visitante 1 y el comprador final está clara.
-La agencia reclama la comisión ante el juzgado y se produce el juicio.
-El juzgado rechaza la reclamación de la agencia y le da la razón al demandado.
-El agente pierde en segunda instancia.

2 ¿POR QUÉ PIERDE LA AGENIA, LA DEMANDA?
Porque la relación entre el visitante o interesado 1 y 2, y la intención
de saltarse a la agencia, no se acredita fehacientemente.

 

SE PUEDE LEER EL ARTÍCULO COMPLETO EN:

 

 

REVISTA INMONEWS, Nº 4, Abril 2018. Pág. 4.

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