Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario. Ley 5/2019. BOE Nº 65

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Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.

PREÁMBULO
I
La regulación de los contratos de crédito inmobiliario desempeña un papel relevante
en la estabilidad económica y es un instrumento de cohesión social. El sistema hipotecario
español y, en particular, el régimen de concesión de préstamos y créditos con garantía
hipotecaria inmobiliaria, ha hecho posible que numerosas familias españolas puedan
disfrutar de viviendas en propiedad y que lo hagan en una proporción superior a la de
muchos países de nuestro entorno. Garantizar un régimen jurídico seguro, ágil y eficaz,
que proteja este tipo de operaciones es una exigencia que deriva no sólo de las
obligaciones impuestas por el Derecho de la Unión Europea, sino de los indudables
beneficios que supone para la economía de un país. Tanto la protección de las
transacciones como la seguridad jurídica generan crédito para los individuos, lo que
redunda en el crecimiento de la economía. Así mismo, el acceso a la propiedad consolida
la libertad y responsabilidad de los individuos como ciudadanos. En este proceso el acceso
al crédito hipotecario es un elemento clave en el éxito del régimen de propiedad de
España.
II
Partiendo de estas consideraciones, esta Ley tiene como objeto la trasposición de la
Directiva 2014/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014.
Además, vista la experiencia hasta la fecha, y al objeto de la recuperación de la
confianza de los prestatarios, se introducen previsiones cuya finalidad es la de potenciar
la seguridad jurídica, la transparencia y comprensión de los contratos y de las cláusulas
que los componen, así como el justo equilibrio entre las partes.
La Directiva 2014/17/UE reconoce en su considerando (3) que «La crisis financiera ha
demostrado que el comportamiento irresponsable de los participantes en el mercado
puede socavar los cimientos del sistema financiero, (…) y puede tener graves
consecuencias sociales y económicas». En particular, la Directiva pone de manifiesto en
su considerando (4) que «la Comisión ha determinado una serie de problemas que sufren
los mercados hipotecarios de la Unión en relación con la irresponsabilidad en la concesión
y contratación de préstamos, así como con el margen potencial de comportamiento
irresponsable entre los participantes en el mercado, incluidos los intermediarios de
crédito».

ACCESO COMPLETO LEY 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario. BOE Número 65 – Sábado, 16 de marzo de 2019.