Veamos como deben declararse a Hacienda las rentas no pagadas por un inquilino:
Estas rentas de alquiler no pagadas por el inquilino SI deben incluirse en nuestra declaración de la renta. Deben considerarse como ingreso integro. (Tanto los alquileres pagados como los no pagados)
No obstante y a su vez, los alquileres no pagados pueden declararse y en ese caso deducirse como “saldos de dudoso cobro”, siempre que se haya procedido a su reclamación antes del 1 de Julio del ejercicio fiscal.
Si esas rentas fueran pagadas finalmente, deberá hacerse una declaración de la renta complementaria de la que se quitará los “saldos de dudoso cobro” anteriormente declarados.
Cabe decir que nunca deben declararse como negativos los ingresos del alquiler de vivienda . Estos ingresos nunca pueden tener un rendimiento negativo.
Por último decir que SI es aplicable la renta reducida un 60%, por alquiler de vivienda, siempre que sea la vivienda habitual del inquilino.
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