Desde 2024, algunos Juzgados de lo Social y varias salas de Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) han considerado que la cantidad de dinero estipulada para los casos de indemnización por despido improcedente era insuficiente y de esta forma perdía su carácter disuasorio. Han permitido entonces que se sobrepase contraviniendo lo que establece la Ley.
Ante esto el Tribunal Supremo ha emitido una sentencia en 2025 con la que zanja el asunto: no hay que modificar la cantidad de dinero por indemnización por despido improcedente más allá de lo que establece el Estatuto de los Trabajadores, es decir: 33 días por año trabajado hasta un total de 24 meses (salvo casos excepcionales).
Contenido
Máxima indemnización por despido improcedente en 2025
La sentencia 727/2025 prohibió expresamente aumentar en vía judicial la indemnización por despido con otras cuantías que atiendan a las circunstancias concretas de cada caso. Se establecen, no obstante, dos grupos diferenciados de indemnizaciones en función de la antiguedad en la firma del contrato laboral:
Contratos laborales firmados posteriores a 12 de febrero de 2012
Regulados por el art. 51 del Estatuto de los Trabajadores. Se establece una indemnización de 33 días por año trabajado hasta un máximo de 24 mensualidades, es decir, 720 días en total. Esto es independiente del sueldo y el tiempo trabajado.
Si un trabajador cobra 18.000 € al año, 1.500 € al mes y trabajó 4 años, tendría derecho a 132 días de salario, o sea, unos 6.600 brutos.
Contratos laborales anteriores a 12 de febrero de 2012
En estos contratos anteriores a 2012, la indemnización sería diferente, ya que estaría regulada por una norma propia. La indemnización sería de 45 días por año trabajado.
Si la antigüedad del trabajador sobrepasa el año 2012, habría que establecer una indemnización mixta de 33 o 45 días por los años correspondientes a cada tramo trabajado. Siempre con el tope de 720 horas, es decir, 24 meses.
La Web oficial CGPJ calcula las indemnizaciones por despido
Existe una aplicación en la web del CGPJ que permite calcular la cuantía de las indemnizaciones en los casos de despidos improcedentes. El empleado tendrá derecho a volver a su puesto de trabajo y el empresario tendrá cinco días de margen para notificar su reanudación. Si no existe un acuerdo será obligatorio el pago de las indemnizaciones.
La calculadora de las indemnizaciones del CGPJ va a solicitar del autónomo la fecha de inicio y fin del servicio y la cuantía del salario del trabajador despedido.














