El Gobierno ha anunciado una partida de 35 millones de euros para las CCAA que se sumen a la declaración de zona tensionada y permitan limitar así el precio de los alquileres y condicionar las prorrogas de los contratos, como viene regulado en la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda. Esta medida es una forma de presión sobre todas las CCAA y discrimina económicamente a las que sean contrarias a este control sobre los alquileres.
En palabras de la ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, que ha anunciado la medida: “Declarar una zona tensionada no es un éxito, es reconocer que estamos ante un problema y ponernos manos a la obra todos a la vez y de manera extraordinaria para revertirlo lo antes posible”
La justificación legal de esta medida aparece en el artículo 18.5 de la Ley de Vivienda, que contempla diseñar y adoptar medidas de financiación específicas para favorecer la contención o reducción de los precios de alquiler o venta, en las zonas que se hayan declarado tensionadas.
La situación actual ante el control de los precios de alquiler coloca a Cataluña, País Vasco , Navarra y Asturias como declarantes de zonas tensionadas, en diferente medida, y a las CCAA gobernadas por el PP contrarias al citado control de los alquileres.
Consecuencias de la consideración de zona tensionada
Una zona se considera tensionada cuando se dan dos posibles circunstancias:
- Que la carga media del coste de la hipoteca o del alquiler en el presupuesto personal o de la unidad de convivencia, más los gastos y suministros básicos, supere el 30% de los ingresos medios de los hogares
- Que el precio de compra o de alquiler de la vivienda haya aumentado en esa zona, en los últimos 5 años, al menos tres puntos por encima del IPC autonómico correspondiente.
La condición de zona tensionada permite a las administraciones limitar el precio de las alquileres de vivienda, evitar subidas excesivas de las rentas en los nuevos contratos de alquiler, más allá de la cláusula de actualización anual. Además, si el arrendador es un gran tenedor, la renta del nuevo contrato no podrá exceder del límite máximo del precio aplicable conforme un sistema de índices.
La Ley de la vivienda también trata de favorecer las prórrogas de los contratos de arrendamiento. Una vez finalizado el período de prórroga obligatoria o de prórroga tácita, el arrendatario podrá solicitar una prórroga extraordinaria por plazos anuales, con un máximo de 3 años, durante la cual se seguirán aplicando las mismas condiciones del contrato en vigor. El arrendador, sea o no gran tenedor, estará obligado a aceptar la prórroga salvo en casos excepcionales.
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