El gobierno tiene la intención de poner coto al alquiler vacacional y la proliferación indiscriminada de pisos turístico , para lo cual está reformando la Ley 49/ 1960 de Propiedad Horizontal para conseguir que los pisos turísticos necesiten la aprobación expresa de 3/5 de la comunidad de vecinos y propietarios. Los pisos turísticos que estén operando sin permiso o no estén registrados no podrán seguir haciéndolo.
Estos cambios se articularán a través de una enmienda del gobierno a la próxima Ley de Servicio Público de Justicia que repercutirá en la Ley de Propiedad Horizontal. La enmienda no tendrá efectos retroactivos ni afectará a los pisos que ya estén en funcionamiento.
La modificación en la Ley de Propiedad Horizontal supone la consideración fiscal de los pisos turísticos como una actividad económica a la que será aplicado el IVA correspondiente
La justificación de estas matizaciones sobre los pisos turísticos se basa en dos decisiones del Tribunal Supremo a favor de considerar estos pisos turísticos una actividad económica ante las peticiones de algunas comunidades de vecinos.
La intención del gobierno es introducir los pisos turísticos en una plataforma de registro de servicios de alquiler de alojamientos de corta duración, de viviendas amuebladas y alquiladas en periodos inferiores a 12 meses.
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