Programa de Autoconstrucción de la Junta de Andalucía
La Consejería de Fomento y Vivienda aprueba la Orden de 4 de julio de 2018, por la que se regula el programa de viviendas protegidas en régimen de autoconstrucción y otras fórmulas de promoción cooperativa en la Comunidad Autónoma de Andalucía. También se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a su financiación.
La Orden responde al mandato del Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020 (regulado en el Decreto 141/2016, de 2 de agosto). Este contempla el programa de viviendas protegidas en régimen de autoconstrucción. El objeto de este programa es la construcción de viviendas protegidas por sus futuras personas usuarias, agrupadas en cooperativa. A través de esta Orden se regula el procedimiento para la declaración de la actuación protegible. Además, se reflejan las ayudas económicas a la cooperativa. Estas están destinadas a financiar:
- Los materiales necesarios para la ejecución de las obras.
- Los costes económicos derivados de redacción de los proyectos técnicos.
- La dirección técnica de las obras.
- El plan de seguridad y salud.
Cooperativas de viviendas
Asimismo, la Orden contempla la posibilidad de concesión de ayudas para autoconstrucción a las actuaciones promovidas por cooperativas de viviendas. Los cooperativistas serán seleccionados a través de los Registros Públicos Municipales de Demandantes de Vivienda Protegida. Podrán acceder a los mismos beneficios mencionados, excepto al de la subvención de materiales de construcción.
Presentación de solicitudes
Para la presentación de solicitudes, será necesaria la aprobación y publicación en el BOJA de la preceptiva convocatoria. En ella se indicará el plazo de presentación de las mismas.
Podrán solicitar la declaración de actuación protegible los ayuntamientos, entidades locales y promotores públicos que cumplan con los requisitos. Al igual que las cooperativas de viviendas cuyos integrantes estén inscritos en el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida y cuyos ingresos no superen 2,50 veces el IPREM.
Más información: Juntadeandalucia.es
Fuente: Junta de Andalucía. / Fuente de la imagen: Pixabay.














