Sentencia Juzgado de Primera Instancia N°. 2 de Benidorm, Auto 162/2020 de 7 Jul. 2020, Proc. 601/2020

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SENTENCIA Juzgado de Primera Instancia N°. 2 de Benidorm, Auto 162/2020 de 7 Jul. 2020, Proc. 601/2020

Un Juzgado acuerda la suspensión temporal del pago de la renta de un local debido a la crisis ocasionada por el COVID-19

Ponente: Morán de Vega, María.

Nº de Auto: 162/2020

Nº de Recurso: 601/2020

Jurisdicción: CIVIL

ARRENDAMIENTOS URBANOS. De local comercial. Demanda de reducción temporal del importe de la renta por aplicación de la cláusula rebus sic stantibus debido a la crisis ocasionada por el COVID-19.

MEDIDAS CAUTELARES. Suspensión de la obligación de pago de la renta en los mismos porcentajes y por el mismo plazo en que se pretende la reducción de la renta, con prohibición a la arrendadora de presentar demanda de desahucio durante la tramitación del procedimiento. Concurre el fumus boni iuris o apariencia de buen derecho y el periculum in mora o peligro de la mora procesal dado el evidente riesgo de desahucio que existe en el caso de autos y que puede ser evitado con la adopción de las medidas solicitadas. Prestación por el arrendatario de una fianza de 50 euros.

El Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Benidorm acuerda las medidas cautelares solicitadas por el arrendatario que presentó demanda de modificación temporal del contrato de arrendamiento de local comercial.

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