Las subidas del alquiler vivienda al 4,3% con IPC o al 2,47% con IRAV

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  • La brecha entre el IPC e IRAV  alcanza 1,83 puntos y marca la mayor diferencia desde la entrada en vigor del nuevo sistema
  • Los contratos posteriores a mayo de 2023 se actualizan con el IRAV, mientras que los anteriores dependen de lo pactado
  • Barcelona y Palma afrontan incrementos superiores a 700 euros anuales en los contratos vinculados al IPC

La actualización anual de los alquileres afronta un escenario cada vez más diferenciado en función de la fecha en la que se firmó el contrato. IPC e IRAV regularán las actualizaciones  de los alquileres de vivienda en agosto. Los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), correspondientes a agosto, sitúan el IPC en el 4,3% y el IRAV en el 2,47%, una diferencia de 1,83 puntos porcentuales entre ambos indicadores.

La evolución tiene una repercusión directa sobre los contratos de vivienda habitual que llegan a su revisión anual. En mayo los valores de ámbos índices fueron  IPC (3,2%) y del IRAV (2,4%)

En el mes de agosto, los arrendamientos sujetos al IRAV afrontarán una actualización del 2,47%, mientras que aquellos contratos cuyo mecanismo de revisión sea el IPC podrán experimentar un incremento del 4,3%, siempre que así esté establecido en el contrato y resulte aplicable.

Contenido

El IPC alcanza su nivel más alto desde febrero de 2023

El fuerte repunte de la inflación durante agosto ha elevado el IPC siete décimas respecto al mes anterior, desde el 3,6% hasta el 4,3%, su nivel más elevado desde febrero de 2023. El INE atribuye buena parte de esta evolución al comportamiento de los precios del transporte, que registraron un incremento interanual del 9,5%.

En paralelo, el IRAV se moderó dos décimas, hasta el 2,47%, aunque permanece por encima del 2% por decimoquinto mes consecutivo. La diferencia entre ambos indicadores es ahora la más amplia desde que el IRAV comenzó a utilizarse como referencia para los contratos afectados por la reforma de la Ley de Vivienda.

La distancia de 1,83 puntos entre ambos índices implica una diferencia superior a 200 euros anuales de media en la actualización de las rentas, según los cálculos de idealista/data. Para los contratos que se actualicen con el IRAV, el incremento medio se sitúa en torno a 280 euros al año.

Qué índice corresponde a cada contrato

El sistema de actualización depende fundamentalmente de la fecha de formalización del arrendamiento y de lo establecido en sus cláusulas.

Los contratos de vivienda habitual firmados después de la entrada en vigor de la Ley de Vivienda, el 26 de mayo de 2023, utilizan el IRAV como referencia para su actualización anual, de acuerdo con la metodología establecida por el INE. El índice se calcula tomando como referencia el menor valor entre distintas tasas de inflación y una tasa media ajustada.

En cambio, los contratos anteriores continúan actualizándose conforme a lo que hayan pactado las partes, por lo que pueden estar vinculados al IPC, al IGC u otro mecanismo previsto contractualmente. No todos los alquileres anteriores a mayo de 2023 tienen que aplicar automáticamente el 4,3%.

Alquiler de viviendas-IRAV-IPC-agosto-2026
Alquiler de viviendas-IRAV-IPC-agosto-2026

Barcelona y Palma concentran las mayores subidas

El efecto económico de la actualización depende también del nivel de renta de partida. Cuanto mayor sea el alquiler mensual, mayor será el incremento absoluto aunque el porcentaje aplicado sea el mismo.

Con el IRAV del 2,47%, Barcelona y Palma registrarán incrementos próximos a 415 euros anuales, con rentas medias que superan los 1.400 euros mensuales. Madrid se aproxima a los 400 euros adicionales al año, mientras que San Sebastián y Valencia superan los 350 euros. En Bilbao, el aumento rebasa los 300 euros anuales.

La diferencia se amplía considerablemente en los contratos vinculados al IPC. Barcelona y Palma superarían los 720 euros de incremento anual, mientras Madrid se situaría por encima de los 670 euros. San Sebastián y Valencia rondarían los 620 euros anuales de aumento.

La revisión ligada al IPC roza los 500 euros anuales de media

En el conjunto del mercado, los contratos que deban aplicar un 4,3% de actualización sobre la renta afrontarán un aumento medio cercano a los 500 euros al año, equivalente a algo más de 40 euros mensuales. La diferencia frente a los contratos actualizados con el IRAV resulta significativa: el mismo mercado de alquiler puede afrontar incrementos muy distintos dependiendo de la fecha de firma y de la cláusula de actualización incluida en el contrato.

De este modo, la evolución dispar de ambos indicadores introduce una diferencia cada vez más visible entre los alquileres antiguos vinculados al IPC y los contratos posteriores a la Ley de Vivienda sujetos al IRAV.

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