Las clausulas necesarias en el contrato de alquiler de la vivienda para evitar sorpresas

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Contratos de alquiler: todo lo que necesitan saber propietario e inquilinos

Alquilar un piso crea siempre una incertidumbre en los inquilinos respecto a la posibilidad que el propietario los obliguen a desalojarlo antes de lo previsto.  Y es cierto que los titulares de un inmueble en alquiler podrían no cumplir los plazos del contrato de arrendamiento en el caso de que el piso se necesite como vivienda par uso propio o para un familiar de primer grado de parentesco.

Ante este perjuicio para muchos inquilinos el Ministerio de Vivienda aprobó el Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler por el cual se establecían unas serie de claúsulas como nulas (ilegales) y se establecía en general que si un propietario alquila un piso no puede echar a los inquilinos bajo ninguna circunstancia, salvo que así se especifique en el contrato de arrendamiento.

De esta forma, si en el contrato no se especifica la posibilidad del uso propio del titular, los inquilinos tienen derecho a ocupar el inmueble hasta 5 años (o 7 años si la titularidad recae en una empresa).

Además, aunque se especifique la posibilidad del uso propio en alguna cláusula del contrato, el propietario debe garantizar al menos un año de ocupación de los inquilinos y comunicar la decisión del uso propio con al menos 2 meses de antelación. Incluso, si a los tres meses del desalojo el propietario no ocupa la vivienda, los antiguos inquilinos tendrían derecho a reclamar su vuelta y la correspondiente compensación económica.

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