Protección de Deudores Hipotecarios. Ley 1/2013. BOE Nº 116

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Protección de Deudores Hipotecarios. Ley 1/2013. BOE Nº 116

Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social.

La atención a las circunstancias excepcionales que atraviesa nuestro país, motivadas
por la crisis económica y financiera, en las que numerosas personas que contrataron un
préstamo hipotecario para la adquisición de su vivienda habitual se encuentran en
dificultades para hacer frente a sus obligaciones, exige la adopción de medidas que, en
diferentes formas, contribuyan a aliviar la situación de los deudores hipotecarios.
Si bien la tasa de morosidad en nuestro país es baja, hay que tener muy presente el
drama social que supone, para cada una de las personas o familias que se encuentran en
dificultades para atender sus pagos, la posibilidad de que, debido a esta situación, puedan
ver incrementarse sus deudas o llegar a perder su vivienda habitual.
El esfuerzo colectivo que están llevando a cabo los ciudadanos de nuestro país con el
fin de superar de manera conjunta la situación de dificultad que atravesamos, requiere
que, del mismo modo y desde todos los sectores, se continúen adoptando medidas para
garantizar que ningún ciudadano es conducido a una situación de exclusión social.
Con este fin, es necesario profundizar en las líneas que se han ido desarrollando en
los últimos tiempos, para perfeccionar y reforzar el marco de protección a los deudores
que, a causa de tales circunstancias excepcionales, han visto alterada su situación
económica o patrimonial y se han encontrado en una situación merecedora de protección.
A estos efectos se aprueba esta Ley, que consta de cuatro capítulos.

El primero de ellos prevé la suspensión inmediata y por un plazo de dos años de los
desahucios de las familias que se encuentren en una situación de especial riesgo de
exclusión. Esta medida, con carácter excepcional y temporal, afectará a cualquier proceso
judicial de ejecución hipotecaria o venta extrajudicial por el cual se adjudique al acreedor
la vivienda habitual de personas pertenecientes a determinados colectivos. En estos
casos, la Ley, sin alterar el procedimiento de ejecución hipotecaria, impide que se proceda
al lanzamiento que culminaría con el desalojo de las personas.

ACCESO COMPLETO LEY 1/2013 de 14 de mayo de deudores hipotecarios. BOE Número 116 – Miércoles 15 de mayo de 2013