Andalucía: Ayudas alquiler de vivienda 2018. Orden de 17 de octubre de 2018, BOJA Nº 203

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ORDEN del 17 de octubre de 2018 de Ayudas de alquiler de vivienda en Andalucía.  BOJA Número 203 - Viernes, 19 de octubre de 2018

Orden de 17 de octubre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de especial vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La Ley 1/2010, de 8 de marzo, reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía, tiene
por objeto garantizar el derecho consagrado en la Constitución Española y el Estatuto
de Autonomía para Andalucía a una vivienda digna y adecuada, del que son titulares las
personas físicas con vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma de Andalucía,
estableciendo que la gestión de recursos económicos de la Administración de la Junta
de Andalucía, incluida la gestión de ayudas estatales, dará preferencia, en el marco
establecido en los planes de vivienda, a los grupos de especial protección con menor
índice de renta.

El Decreto 141/2016, de 2 de agosto, por el que se regula el Plan de Vivienda y
Rehabilitación de Andalucía 2016-2020, incluye en su artículo 42 el programa de ayudas
a personas inquilinas con ingresos no superiores a 2,5 veces el IPREM, permitiendo
establecer tramos de ingresos máximos en función de las circunstancias de la unidad
de convivencia. Este programa establece ayudas de hasta el 40 por ciento de la renta de
alquiler, importe que podrá incrementarse en caso de pertenencia a alguno de los grupos
de especial protección definidos en el artículo 5 del citado Decreto.

El Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de
Vivienda 2018-2021, define en su capítulo III el programa de ayuda al alquiler de
vivienda, y en su capítulo IX el programa de ayudas a los jóvenes, incluyendo ayudas
específicas para el alquiler. El citado Plan establece en su artículo 5 que corresponde a
los órganos competentes de las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla,
la tramitación y resolución de los procedimientos de concesión y pago de las ayudas del
Plan, así como la gestión del abono de las subvenciones. Dichas Comunidades podrán,
además, establecer requisitos adicionales y criterios de preferencia en la selección de las
personas solicitantes, siempre que no incrementen los límites de ingresos máximos para
acceder a la subvención ni las cuantías máximas de la ayuda prevista en este programa.

El mencionado Plan Estatal 2018-2021, establece programas distintos, tanto en su
tramitación como en los fondos que se disponen, en función de que se trate de ayudas a
inquilinos con carácter general, incluyendo el incremento en caso de mayores, o que se
trate del programa específico para jóvenes. Con fecha 31 de julio de 2018 se ha suscrito
Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma
de Andalucía para la ejecución del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, que posibilita la
implantación en esta Comunidad Autónoma del programa de ayudas a personas inquilinas
con ingresos limitados, y de las ayudas a jóvenes para el alquiler, una vez garantizada su
financiación.

ACCESO COMPLETO A LA ORDEN del 17 de octubre de 2018 de Ayudas de alquiler de vivienda en Andalucía.  BOJA Número 203 – Viernes, 19 de octubre de 2018