Cataluña aprueba el Decreto Ley 1/2025 sobre Rentas de alquiler de vivienda

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Decreto 31/2024, de 29 de enero,
Desahucios

El Parlament de Catalunya acaba de publicar el Decreto Ley 1/2025 de las modificaciones en la Ley 18/2007 del derecho a la vivienda, de 28 de enero, con medidas urgentes en materia de contención de rentas, que otorga un plazo hasta el 3 de febrero de 2025 para adaptar el contenido de los anuncios y ofertas de alquiler publicadas en Cataluña. Entre sus principales modificaciones :

-Se redefine la discriminación indirecta en el ámbito de la vivienda, precisando que no existe si está justificada por una finalidad legítima y los medios utilizados son adecuados.

-Se regula el precio de los alquileres en zonas de mercado residencial tensado, aplicando el sistema de referencia de precios o el precio del contrato anterior.

– Todos los anuncios de alquiler en los Portales Inmobiliarios que hagan referencia a una vivienda que se encuentre ubicada en una zona de mercado residencial tensionado, deberán contener la siguiente información en su descripción, ya que de lo contrario constituirá una infracción grave sancionable con multa de 9.001 a 900.000 euros:

  • El precio de alquiler que resulta al aplicar el sistema de referencia de precios o bien, si procede, el precio de la última renta del contrato de arrendamiento que haya sido vigente en los últimos cinco años en la misma vivienda.
  • Condición de gran tenedor de la propiedad de la vivienda, si procede.
  • Otros datos requeridos por la legislación civil.

–Los contratos de arrendamiento en zonas de mercado tensionado deben incluir:

  • Precio de la última renta o el precio de referencia.
  • Condición de gran tenedor.
  • Finalidad del contrato y entrega de documentación relevante.

-Se introducen nuevas infracciones muy graves:

  • Fijar una renta superior al 30% del importe máximo permitido en contratos sujetos a contención de precios.
  • Omitir o falsear la finalidad del contrato.
  • Imponer gastos de gestión inmobiliaria indebidos al arrendatario.
  • No informar en publicidad de viviendas en alquiler sobre la renta aplicable o la condición de gran tenedor.

-Se añaden infracciones graves:

  • Superar el precio máximo del alquiler hasta un 30%.
  • No hacer constar la renta aplicable ni la condición de gran tenedor en el contrato.

-Refuerzo de las obligaciones para profesionales del sector inmobiliario, incluyendo la presentación de documentación y publicidad conforme a la normativa.

-Presunción de contrato de vivienda permanente si no se especifica su carácter temporal.

-Modificación de infracciones administrativas en el Código de Consumo de Cataluña.

Enlace al Decreto ley 1/2025, de 28 de enero, de medidas urgentes en materia de contención de rentas

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