El INE establece el nuevo Índice de Referencia de Arrendamiento (IRAV), situándolo por primera vez en el 2,2 %

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Topes-alquiler -avales-ico
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Como ya se anticipó en la disposición adicional undécima de la Ley 12/2023 de la Vivienda , el Instituto Nacional de Estadística (INE) ha establecido hoy el nuevo Índice de Referencia de Arrendamiento (IRAV) , situándolo en el 2,20% teniendo en cuenta los datos de noviembre. Este índice de referencia sustituye al IPC como valor de regulación de los precios de alquiler para evitar la subida desproporcionada de las cuotas y será aplicable a los precios de alquiler que suban del 2%.

Desde el Ministerio de Economía y Vivienda señalan que «De acuerdo con ello, el INE publicará mensualmente el índice de referencia que se utilizará como límite para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda, expresado con dos decimales, utilizando los últimos datos mensuales disponibles»

El IRAV  regulará los contratos de arrendamiento posteriores al 25 de mayo de 2023, que es cuando entró en vigor la Ley de la Vivienda. Los contratos firmados con anterioridad serán regulados con el método anterior, es decir, a partir del IPC, el IGC, o lo pactado por propietario e inquilino en el contrato.  Este índice establece ya una metodología definitiva para regular los precios de alquiler, tras los límites del 2% y 3% en las subidas de las cuotas de alquiler en 2023 y 2024, que estableció el gobierno provisionalmente, como medidas ante las consecuencias económicas de la guerra de Ucrania.

Cálculo del Indice de Referencia de Arrendamiento (IRAV)

El IRAV es una propuesta conjunta de la Dirección General de Vivienda y Suelo del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y de la Dirección General de Política Económica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, en consideración a las circunstancias del mercado del alquiler de vivienda. El INE, para calcular el IRAV, básicamente tendrá en cuenta:

  • La tasa de variación anual del Índice de Precios de Consumo (IPC)-Representa el aumento general de los precios en un periodo determinado.
  • La tasa de variación anual del Índice de Precios de Consumo subyacente –Excluye productos más volátiles como alimentos frescos y energía, proporcionando una medida más estable de la inflación
  • La tasa de variación anual media ajustada-Se calcula con una fórmula que combina el IPC y el IPC subyacente, aplicando un coeficiente moderador de 0,5 y un valor base de inflación del 2%.

Escepticismo desde el sector inmobiliario

Los profesionales del sector inmobiliario no parecen estar muy de acuerdo con esta medida. El límite a los precios de alquiler, además de llegar con retraso, podría retraer a los propietarios a la hora de ofrecer sus viviendas o forzarlos a elegir modalidades de alquiler temporal.  Para muchos, la medida podría repercutir en la oferta de viviendas que se vería frenada, acentuándose aún más el principal problema que padece el mercado inmobiliario en nuestro país.

Por su parte el secretario de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, David Lucas, destacó, acerca del IRAV, que se trata de «Una herramienta para aportar más transparencia y dar seguridad a caseros e inquilinos» y cuya motivación fundamental es «evitar incrementos desproporcionados en la renta»y «salvaguardar los precios de los alquileres»

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