Causas por la que perder la fianza del alquiler de la vivienda

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Caída del precio de habitaciones un 6,25€ respecto al 2019

Según la LAU: «A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta»

Es decir, la Ley obliga al pago en depósito del inquilino al propietario de un mes de fianza por arrendamiento que será depositado en la entidad pertinente, para reparar posibles desperfectos o impagos de la renta. Si no se producen estos desperfectos la fianza deberá ser devuelta a la conclusión del contrato de arrendamiento en un mes de plazo desde la entrega de llaves. Y si el propietario tarda más de un mes en entregarla, se podrá reclamar intereses.

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Razones por las que podemos perder la fianza del alquiler

En algunos casos que se reflejan en los contratos de alquiler puede estar permitida la no devolución de la fianza al arrendatario. Veamos diversas situaciones donde esto sería lícito:

Daños en la vivienda alquilada

Los contratos de alquiler deben tener una cláusula donde esté detallado el estado de la vivienda incluyendo fotografías de muebles, pintura, electrodomésticos, etc. Si hubiera algún desperfecto posterior al inicio del contrato de alquiler y estos desperfectos conllevaran gastos para el propietario, la fianza podría ser no devuelta.

Para cerrar el compromiso de arrendamiento debe hacerse una inspección conjunta del por parte de propietario e inquilino y registrar con imágenes el estado del inmueble. En caso de reclamación por desperfectos habría que acogerse a los artículos 1555 y 1556 del Código Civil.

Vivienda sucia al finalizar el contrato

El propietario tiene derecho a utilizar la fianza para compensar gastos de limpieza y mantenimiento de una vivienda que ha sido entregado en mal estado en este sentido.

Abandonar el piso de alquiler antes de lo fijado en el contrato

La Ley de Arrendamiento Urbanos (LAU) es clara e indica que el casero podrá no devolver la fianza si el inquilino abandona la vivienda prematuramente si se ha pactado en el contrato: “El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización”.

 Obras y reformas sin permiso en el piso de alquiler

Cualquier cambio en el inmueble alquilado sin el permiso por escrito del propietario puede también conllevar la no devolución de la fianza. La sustitución del suelo, cambio de muebles, obras en el baño o la cocina o incluso pintar la casa pueden ser un motivo para perder la fianza.

Impagos de las rentas del alquiler

Lo normal en los contratos de arrendamiento es que especifiquen la retención de la fianza si existen rentas de alquiler impagadas. Pero la fianza no debe utilizarse para pagar la última renta de alquiler ya que si hubiera desperfectos el propietario puede reclamar judicialmente la renta impagada.

La vivienda se entrega en buen estado pero no se devuelve la fianza

La fianza debe ser devuelta por el propietario que no puede retener parte de ella. En caso de indemnización deberá demostrarlo con pruebas como facturas de arreglos de desperfectos o recibos. El propietario tiene la obligación de  solicitar al organismo de depósito de la fianza el reingreso de esta y devolvérsela como muy tarde en un mes al inquilino. En caso contrario el arrendatario podría reclamar el importe más el interés legal devengado

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