Historia de una providencia de apremio nula en base al principio de confianza legítima

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Exponemos una Sentencia del Cont. Admitivo. 1 de Badajoz, en la que se condena al OAR de Badajoz declarando nula una providencia de apremio, por incurrir la Administración en infracción del principio de confianza legítima, vulnerando los arts. 9.3 C.E., 34.1 LGT y 47.1 Ley 39/2015.

S.Sª nos dice que cuando el pago de los tributos está domiciliado, cualquier alteración del hecho imponible que genere una liquidación complementaria no permite a la Administración exigir una nueva domiciliación.

La Sentencia tacha la actuación de la Administración de injustificadamente rígida, irrazonable, contraria a los principios de buena administración y eficacia, y por lo tanto contraria a Derecho. Y por tanto, declara nula esa providencia de apremio –y los consecuentes intereses, costas y gastos—, y además condena a pagar las costas a la Administración.

Lo curioso del caso es la cuantía del procedimiento: 24,14 € (la mandante, la recurrente, es una nonagenaria de armas tomar y con la cabeza muy bien amueblada).

Acceso a la Sentencia completa del Cont. Admitivo. 1 de Badajoz 0033/2026

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