El Registro de la Propiedad se puede negar a dar el código de alquiler turístico

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Destinos de alquiler vacacional más demandados en 2018.

La reciente resolución emitida por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, perteneciente al Ministerio de Presidencia, Justicia y Relación con las Cortes, ha establecido que el Registro de la Propiedad podría negar la licencia para apartamentos turísticos, incluso si se tiene la licencia autonómica, y son aceptados por la comunidad vecinal.

Se impone así como obligatorio un número de registro único de corta estancia (vacacional, temporal o de habitaciones), facilitado por los registradores de la propiedad para asegurar un control y supervisión adecuado para los diferentes tipos de arrendamiento. No se podrá comercializar una vivienda de alquiler en plataformas digitales sin este número, aunque no se establece un plazo para solicitarlo.

Se dio un caso en que a un inquilino se le denegó el número de registro único a pesar de tener formalizadas sus permisos legales y tener la aprobación de la comunidad de vecinos. Se justificaba la negación en el hecho de que el vecino ejercía actividad  profesional , prohibida en los estatutos de la comunidad. El propietario recurrió la orden alegando que la denominación piso turístico no existía en los estatutos que eran de 2008. El propietario recurrió la decisión, argumentando que los estatutos no mencionaban al alquiler turístico debido a su antigüedad y negaba que su intento de alquilar fuera una actividad profesional. El Tribunal Supremo, sin embargo, equiparó alquiler turístico a una actividad económica, permitiendo que el Registro de la Propiedad denegara la licencia. Será la Dirección General de Planificación y Evaluación, la encargada de ordenar a plataformas como Airbnb o Booking el retiro de los anuncios relacionados.

Así, el Real Decreto 1312/2024 de 23 de diciembre obliga a cada propiedad a tener el Registro Único de Alquiler Turístico y de Temporada para alquileres de forma temporal o vacacional a partir del 1 de junio de 2025. Subyace una norma europea que marca los objetivos de transparencia e información en el mercado de arrendamiento de corta duración. Los anfitriones como se definen en el decreto pueden ser el propietario, un arrendatario que subarrienda o un usufructuario con el derecho a arrendar.

En el caso de viviendas que son de temporada, habitaciones  o turísticas a la vez serán necesarias tres licencias con sus tres códigos y sus correspondientes tasas de 27 euros cada una.

Alojamientos exentos de realizar el Registro Único

El registro estatal, por lo tanto, es obligatorio para viviendas o habitaciones de una vivienda, para alojamientos en buques, embarcaciones o artefactos navales, cuyo uso no sea el de vivienda habitual, sino de alquiler de corta estancia y que estén publicados en plataformas online,

Veamos ahora qué tipos de alojamientos no necesitan el Registro Único de Alquiler Turístico y de Temporada:

  • Segundas residencias no destinadas al alquiler temporal.
  • Hoteles, apartahoteles, moteles, albergues, campings, casas rurales.
  • Alquileres tradicionales de más de un año de contrato
  • Alojamientos promocionados offline.
  • Alojamientos rurales regulados y correctamente inscritosen sus respectivos registros autonómicos .

Plataformas digitales obligadas al Registro Único de Alquiler Turístico y de Temporada

La nueva normativa describe el tipo de plataforma que necesita el Registro estatal obligatoriamente:  “una plataforma en línea en el sentido del artículo 3, letra i), del Reglamento (UE) 2022/2065 que permite a los huéspedes celebrar contratos a distancia con anfitriones para la prestación de servicios de alquiler de alojamientos de corta duración.”

Es decir, portales que formalicen el contrato de alquiler (con una reserva o booking) y cuando el pago se realize íntegramente en el entorno digital.

Las páginas web o medios que actúen como meros expositores de los alojamientos, sin facilitar la formalización de contratos a distancia y los portales de anuncios clasificados (como idealista), webs personales sin motor de reserva, o canales offline, como agencias físicas o publicidad impresa quedarán exentos de registrarse.

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