Se ha hecho pública en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la orden de transmisión de los inmuebles procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb) a la Entidad Pública Empresarial de Suelo (Sepes). De esta manera se establecen los criterios para determinar las viviendas que serán destinadas a políticas de vivienda asequible. Será el Ministerio de Vivienda y Agencia Urbana (MIVAU); quien motive la incorporación progresiva de 40.000 viviendas y cerca de 2.400 suelos, con capacidad de construir sobre ellos 55.000 viviendas de alquiler asequible, aproximadamente. Todas estas viviendas pasarán a formar parte en un futuro cercano a la nueva empresas pública de vivienda que el Gobierno está creando con el objetivo de estructurar el parque público de vivienda asequible. Se intentará que se oferten estas viviendas protegidas a un precio que no supere el 30 % del las rentas de cada familia.
Criterios geográficos y económicos para discriminar las futuras viviendas asequibles
- Los criterios geográficos obligan a que las viviendas estén situadas en municipios de las áreas metropolitanas e islas, así como en municipios con población superior a 5.000 habitantes o superior a 1.000 con crecimiento poblacional de más del 5% en los últimos diez años. Se establece un criterio mínimo de concentración de 10 viviendas en aquellos municipios que no pertenezcan a las áreas metropolitanas e islas, que contribuya a la eficiencia en la gestión de estas.
- Criterios económicos Las viviendas deberán tener una superficie de hasta 85 m2 útiles independientemente del valor de tasación y aquellas con una superficie de hasta 150 m2 útiles cuyo valor de tasación no supere en un 40% el valor que resultaría de multiplicar la extensión del inmueble por el precio medio por metro cuadrado para vivienda libre que arroje la Estadística de Valor Tasado de Vivienda publicada por el Ministerio de Vivienda para la provincia en que esté radicado dicho bien o para el municipio.
- Las viviendas y edificios no presentarán patologías estructurales, ofrecerán condiciones de habitabilidad adecuadas y estarán en sintonía con la legislación urbanística.
- Las viviendas que tengan un contrato de alquiler social en vigor no tendrán que cumplir estos criterios y serán incorporadas al parque de vivienda asequible igualmente.
- Los suelos utilizables, deberán estar ubicados en municipios de más de 5.000 habitantes y se incluyen los suelos viables, estableciéndose un alquiler para una vivienda tipo de 70 m2 de acuerdo con las condiciones de asequibilidad establecidas en la Ley por el Derecho a la Vivienda. Los suelos deberán contar con una superficie superior a 150 m2; tendrán calificación de uso global residencial plurifamiliar o colectiva; y tendrán que poder albergar promociones de 30 o más viviendas y deberán estar inscritos en el Registro de la Propiedad y en la Dirección General del Catastro, en pleno dominio de Sareb, o tras un proceso de gestión urbanística, o que su participación en la titularidad del inmueble sea superior a un 80%.
Asimismo, el BOE ha publicado la orden para fomentar el desarrollo urbanístico y la promoción de viviendas en régimen de alquiler asequible o social en ámbitos de titularidad del Ministerio de Defensa y para autorizar la ampliación del destino de la aportación patrimonial de 622.265.566,67 transferidas a Sepes a las actuaciones adscritas al Plan de Vivienda para el Alquiler Asequible, así como a la financiación necesaria para el dimensionamiento de dicha entidad y la implementación de la Entidad Pública de Vivienda y Suelo.
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