Contenido
El Manual de procedimiento
Con un exceso de optimismo, el INCUAL denomina al opúsculo que comentamos (cuadernos, cartillas, libretas, “papers”, etc.) sobre el tema del Reconocimiento de Capacidades Profesionales, con el nombre de manual. Bien, más allá de la denominación excesiva del recurso, su contenido es sin embargo valioso para, entre otros, el comercial inmobiliario y, por eso, hacemos una reseña de este documento oficial.
Se trata de un breve cuaderno que transpone distintas normativas sobre Formación Profesional (Fp) referidas al Reconocimiento de las Capacidades Profesionales.
El INCUAL lo presenta así: «El Manual de Procedimiento presenta, con carácter general, el proceso de reconocimiento y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales e informales, sus fases y sus principales características. Incluye descripción de las Guías de ayuda, aseguramiento de la calidad, diagrama de flujo y un glosario de términos.» Véase en: https://incual.educacion.gob.es/manual-procedimiento
A este documento seguirán otros tres que completarán este manual de procedimiento y de los cuales trataremos a continuación en postales próximas, por separado.
Su referencia bibliográfica
- Nombre: MANUAL DE PROCEDIMIENTO
- AUTOR: El Instituto Nacional de Cualificaciones (INCUAL), organismo del actual Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
- Fecha de revisión que contemplamos: octubre de 2023.
- Núm. de páginas: 13
- Enlaces públicos de descarga:
Del Manual en sí (13 páginas): https://incual.educacion.gob.es/documents/35348/0/2023_Manual_Procedimiento_PEAC.pdf/f5d2513f-7afd-4060-966a-ee2732e1b2bf
Del diagrama de flujo del proceso general (1 página, extraída del documento anterior):
Descripción de sus contenidos
- La portada.
Antes del título de la publicación hay un antetítulo con una indicación importante. Es esta:
«Reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales e informales.»
Nótese pues que el procedimiento oficial ni excluye ni prefiere ninguna vía de formación a otra, por la que el candidato a la acreditación haya podido obtener sus conocimientos.
Después, sí pedirá al candidato información sobre esas vías, pero de lo que trata radicalmente aquí ─ con el procedimiento completo de acreditación ─ es de asegurar si el aspirante posee o no posee las competencias (saberes, habilidades, destrezas, etc.) en las que desea ser certificado.
- La página 2
En ella se nos advierte de la provisionalidad de lo que vendrá en este texto, a la espera de la revisión del Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales. Mientras tanto «mantendrá su vigencia la ordenación del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales recogida en el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.»
Este actual Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales se define así (2):
«El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (CNCP) es el instrumento del Sistema Nacional de las Cualificaciones y Formación Profesional (SNCFP) que ordena las cualificaciones profesionales susceptibles de reconocimiento y acreditación, identificadas en el sistema productivo en función de las competencias apropiadas para el ejercicio profesional.
Comprende las cualificaciones profesionales más significativas del sistema productivo español, organizadas en familias profesionales y niveles. Cada cualificación está formada por un bloque coherente de unidades de competencia.
Cada unidad de competencia lleva asociado un Módulo con especificaciones de la formación, que constituirá el referente para el diseño de los títulos de formación profesional del sistema educativo, los certificados de profesionalidad y otras formaciones que contemple el sistema de formación profesional.»
Léase en: https://incual.educacion.gob.es/bdc
Por tanto, aunque resulte por el momento, provisional, resultará tener en cualquier situación, validez suficiente.
- En la página 3 se indica su índice sumario de contenidos
- PRESENTACIÓN ……………………………………………………………………… 4
- REFERENCIAS Y BASES LEGALES DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO…… 6
- DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO (General) ……………………… 8
- GUÍAS PARA EL PROCEDIMIENTO ………………………………………………. 9
- LA CALIDAD DEL PROCEDIMIENTO ……………………………………………. 10
ANEXO. GLOSARIO DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTO ………………………. 11
Nótese que en el punto 3. DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO (General) de la página 8, se corresponde con el diagrama de flujo, del que se tiene además el enlace independiente, ya indicado en el punto 2 de e esta reseña.
- Las Páginas 4 y 5 se dedican a la Presentación del documento
Y así, se enuncian los otros tres “papeles” (opúsculos”) con los que este manual se relaciona y que se denominan:
‐ Guía de la persona candidata.
‐ Guía para la persona asesora.
‐ Guía para la persona evaluadora.
Y, entre otras cosas, se indica la naturaleza de esas guías y manual: «El presente Manual de Procedimiento es, por lo tanto, una ayuda a las personas candidatas y a los profesionales que van a hacer posible el reconocimiento de las competencias profesionales.»
El resto es una breve exposición de los motivos del procedimiento.
Esta parte termina con un enlace de descarga hacia estos cuatro documentos. Véanse en: http://incual.educacion.gob.es/manual‐procedimiento
- El punto 2. REFERENCIAS Y BASES LEGALES DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO, del documento, se muestra en las páginas 6 y 7 del mismo
En ellas, se continúa la exposición de motivos por los que se ha establecido este procedimiento y se recogen distintas fuentes, más o menos remotas, que lo justifican y dan soporte.
- La página 8 recoge el diagrama flujo general para el proceso de acreditación. (1)
- La página 9 recoge una presentación extractada de los tres documentos complementarios a este manual, de los que hemos hablado en el apartado d), esto es: la Guía de la persona candidata, la Guía para la persona asesora y la Guía para la persona evaluadora.
- La página 10 trata del punto 5. LA CALIDAD DEL PROCEDIMIENTO.
En ella se señala las funciones que, según establece el RD 659/2023 de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, en su artículo 180, de gestión del procedimiento, las funciones de las administraciones competentes, Y, entre estas:
1) Planificar, dirigir y coordinar la gestión del procedimiento, impulsando el desarrollo y la calidad del mismo, en coordinación con otras administraciones que pudieran contribuir a los fines y objetivos del procedimiento.
6) Establecer un plan de calidad de todo el proceso en su ámbito de competencia.Pero nada más se dice acerca de la calidad del procedimiento que se constituye, a partir de este momento.
- Las páginas 11, 12 y 13 recogen el Glosario del Procedimiento.
Son veinticinco definiciones de términos relacionados con la Fp y el Reconocimiento de Capacidades. Léase, como ejemplo, aquí, una de ellas:
Instrumentos de apoyo al Procedimiento
Conjunto de instrumentos que permiten optimizar el Procedimiento y garantizar su homogeneidad y fiabilidad. Son los siguientes: el Manual de Procedimiento con sus Guías, los Cuestionarios de Autoevaluación y las Guías de Evidencia de los distintos estándares de competencia objeto de la inscripción.
Adviértase que, en ese Glosario, además de “el Manual de Procedimiento con sus Guías” ─ las reseñadas en este documento─ aparecen otros dos conceptos que también aparecerán en el proceso de acreditación posterior: los Cuestionarios de Autoevaluación y las Guías de Evidencia, de los que trataremos en otro lugar.
Despedida y Notas
Me despido a la romana: ¡Siga con Salud!
Notas:
(1) En nuestros artículos titulados:
Matriz de Decisión sobre el Reconocimiento de Capacidades. Puede leerse en: https://www.inmonews.es/matriz-decision-reconocimiento-capacidades/
El Procedimiento de Acreditación de las Capacidades Profesionales II: Bien, pero… ¿Y qué hay de lo mío? Puede leerse en:
https://www.inmonews.es/procedimiento-acreditacion-capacidades-profesionales-bien-lo-mio/
…encontrará el lector información complementaria sobre lo que decimos en este artículo nuevo.
(2) Si está usted interesado personalmente y/o lo encuentra interesante para su grupo de comerciales, le aconsejo que se descargue el Manual de Procedimientos aquí comentado, desde los enlaces del INCUAL, que le hemos facilitado. Le valdrá la pena.
Y también le sugerimos que continúe con la lectura de las otras tres reseñas, que presentaremos a continuación.
(3) La imagen destacada, es una nube de palabras con los conceptos principales de este artículo, producida mediante el programa: https://www.nubedepalabras.es/
Agradecemos a los propietarios del mismo su generosidad por el libre uso de su software.
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API / Arquitecto Técnico / Agente de la Propiedad Inmobiliaria/ Escritor.
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Noticias de interés
El reconocimiento de las capacidades profesionales: Guía de la persona candidata
El reconocimiento de las capacidades profesionales: La Guía de la persona asesora