El País Vasco podrá expropiar pisos desocupados en zonas de alta demanda vivienda social.
El Gobierno Vasco hizo pública, el pasado martes 2 de octubre, una sentencia del Alto Tribunal sobre la Ley de Vivienda vasca.
Ahora, el Tribunal Constitucional ha respaldado la mayoría de los artículos de la Ley Vasca de Vivienda. Entre ellos, el que permite al Gobierno Vasco y los ayuntamientos expropiar viviendas desocupadas que no cumplan una “función social” si existe demanda de casas sociales en las zonas donde se localicen.
La ley del País Vasco recoge medidas de presión para que cualquier propietario de un piso vacío durante más de dos años, lo destine a la venta o el alquiler. En caso contrario, se le puede imponer un alquiler forzoso e incluso recurrir a su expropiación. En este supuesto, los propietarios podrán justificar los motivos de que la vivienda esté desocupada (por ejemplo, por razones de movilidad laboral, salud, emergencia social, que sea una segunda residencia, etc.).
No obstante, el TC considera inconstitucional el artículo que señala la expropiación forzosa del uso temporal de viviendas sujetas a procedimientos de desahucio por ejecución hipotecaria que estén impulsados por entidades financieras, sus filiales inmobiliarias y entidades de gestión de activos.
El consejero vasco de Vivienda, Iñaki Arriola, ha anunciado que se está creando un registro de viviendas deshabitadas que podrían ser expropiadas, aunque aclara que “No se trata de que vayamos a proceder a una ola expropiatoria“.
Por último, la Ley de Vivienda vasca fue aprobada en junio de 2015 a iniciativa del PSE, con el apoyo de EH Bildu y UPyD y los votos en contra de PP y PNV, y en ella se establece el derecho subjetivo a disponer de una vivienda.
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