Factura Electrónica ya será obligatoria en 2025

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A final de año fue aprobado por parte del Ministerio de Hacienda el nuevo reglamento que actualizaba la Ley antifraude y regulaba los nuevos requisitos de facturación de las empresas, el funcionamiento de los sistemas y software de facturación y las obligaciones que deberán cumplir los desarrolladores y autónomos para conseguir la factura electrónica certificada.

Entre todos los requisitos que deben cumplirse se halla la obligación de incluir en las facturas tanto de papel como electrónicas un QR identificativo, y en el caso de las facturas electrónicas la“url” contenida en un campo independiente.

Contenido

Plazos para la actualización de los sistemas de facturación

La Agencia Tributaria quiere alargar los plazos que especificaba la reglamentación anterior para dar tiempo a desarrolladores, autónomos y empresas a actualizar los sistemas de facturación con los nuevos requisitos.

Los plazos establecidos para adaptarse al nuevo reglamento de la Ley Antifraude y la obligación de incluir códigos en las facturas quedan de la siguiente forma:

  • La fecha tope para que los productores y comercializadores de programas de facturación se adapten a la normativa e incorporen la funcionalidad de generar estos códigos QR conforme a la ley en sus sistemas, es julio de 2025
  • El plazo límite establecido, para los autónomos que utilicen estos programas, para adaptar sus antiguos programas a la Ley Antifraude, es más amplio. Según plantea Hacienda, la aplicación de esta normativa se pospondrá hasta el 1 de enero de 2026.
  • Para los autónomos, personas físicas, el plazo será más amplio, y tendrán hasta el próximo 1 de julio de 2026 para actualizar sus antiguos programas y, además, empezar a emitir facturas con códigos QR.

Obligación general de incluir códigos QR

El nuevo reglamento establece que la gran mayoría de empresarios y profesionales, es decir, todos los que emitan facturas, estarán obligados a incluir en sus facturas un código QR. Solo estarían exentos algunas excepciones como los que están incluidos en el Suministro Inmediato de Información (SII), por ejemplo.

Esta obligación abarca a las facturas en papel y a las facturas electrónicas. Sobre estas últimas afirma la Agencia Tributaria que “se deberá incluir la «URL» contenida en el código «QR»como un campo independiente , no siendo necesario incluir el propio código QR.”.

Opciones para generar los códigos QR obligatorios

Los autónomos podrán usar su propio sistema de facturación que debe tener la capacidad de incluir el código QR y debe estar adaptado a la nueva normativa antes de julio de 2026, Los autónomos también tendrán la opción de utilizar la plataforma pública de Hacienda que será gratuita y permitirá generar los códigos QR sin esfuerzo por parte del usuario.

Características de los códigos QR de facturación

Estos códigos QR deberán cumplir con algunas características técnicas:

  • Deberán tener un tamaño entre 30×30 y 40×40 milímetros
  • Deberán seguir las especificaciones de la norma ISO/IEC 18004.
  • En la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) se publicarán la ubicación y presentación del mismo dentro de la factura, pudiéndose completar con otras características a cumplir.

Contenidos del código «QR» de facturación

  • NIF del obligado a expedir la factura.
  • Fecha de expedición de la factura.
  • Número de serie y número de la factura expedida.
  • «URL» del servicio de cotejo o remisión de información por parte del receptor de la factura, del cual se informará en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • Información de la factura que formará parte de la «URL»:
  • Importe total de la factura.

Tanto el formato detallado de esta «URL» (que podrá ser distinto dependiendo de si el sistema informático que expide la factura y genera su correspondiente código «QR» es o no un sistema informático «VERI*FACTU»), como la codificación y formato de la información requerida se especificarán en el correspondiente documento técnico que será publicado en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

CRM inmobiliario-Inmopc dispone de un módulo de facturación que permite cumplir la normativa.

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