La entrada en vigor del Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre por el que se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, aprobado por el Gobierno, amplía de facto los derechos de los okupas y de los inquilinos morosos en situación de vulnerabilidad, reforzando su protección frente a desalojos y cortes de suministros. Esta extensión de derechos vuelve a generar preocupación por sus efectos negativos sobre el derecho de la propiedad y la seguridad jurídica inmobiliaria de los propietarios, que ven limitada su capacidad de actuación mientras asumen costes económicos sin una compensación clara.
Con el inicio de 2026, la norma prorroga y amplía distintas medidas sociales que, aunque orientadas a proteger a los colectivos más frágiles, trasladan nuevas cargas a propietarios y empresas suministradoras, incrementando la percepción de inseguridad legal en el mercado de la vivienda.
Refuerzo del escudo social y blindaje frente a cortes y desalojos
El Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, consolida la ampliación del denominado escudo social, un conjunto de medidas diseñado para proteger a los hogares vulnerables frente a la crisis económica y el encarecimiento del coste de la vida. Entre las disposiciones más destacadas figura la prohibición de cortar los suministros básicos durante todo 2026 a consumidores vulnerables, vulnerables severos y personas en riesgo de exclusión social.
Además, el Gobierno extiende un año más la suspensión de desahucios y lanzamientos en aquellos hogares vulnerables que no disponen de una alternativa habitacional. Esta medida, en la práctica, refuerza la posición de los ocupantes frente al propietario, que ve restringida su capacidad de recuperar el inmueble.
A quién afecta la protección y qué obligaciones impone a los propietarios
Se considera hogar vulnerable aquel que cumple determinados criterios de ingresos y circunstancias personales, como familias numerosas, perceptores de pensiones mínimas, personas con dependencia reconocida o víctimas de violencia de género. Estos hogares suelen ser beneficiarios del bono social eléctrico.
Un consumidor vulnerable severo presenta ingresos aún más reducidos, situándose aproximadamente en la mitad del umbral fijado para los vulnerables. Por su parte, las personas en riesgo de exclusión social, además de ser vulnerables severas, reciben apoyo de los servicios sociales, que asumen al menos el 50% del coste de la factura energética.
En la práctica, esto significa que durante todo 2026 no se podrán cortar la luz, el gas ni el agua aunque existan impagos, una obligación que afecta directamente a los propietarios. Cuando el ocupante o inquilino moroso es considerado vulnerable, el dueño del inmueble debe asumir el coste de los suministros, reforzando las críticas sobre el impacto del decreto en la propiedad privada.
Junto a estas medidas, el escudo social incorpora ayudas directas al alquiler, subvenciones para la compra de alimentos y programas de apoyo a familias con hijos a cargo. No obstante, la aplicación del Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre mantiene abierto el debate sobre el equilibrio entre protección social y derechos de los propietarios.
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