¿Puedo hacer alquiler turístico sin problemas?

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alquiler turístico

Un producto inmobiliario en auge.

Una pregunta que se hacen muchos propietarios de pisos en lugares de atractivo turísticos es: ¿Puedo hacer alquiler turístico sin problemas?
La clave está en la propia pregunta. Alquilar sí que se puede, pero para no tener problemas las cosas se tienen que hacer de una forma correcta para dar un servicio acorde con el coste a los inquilinos y, por supuesto, cumpliendo la legalidad vigente.
Alquiler turístico se entiende como el alquiler de inmuebles por períodos cortos, normalmente inferiores a 1 mes, siempre y cuando se haga varias veces al año y, sólo si se hace el servicio de alojamiento.

Normativa Aplicable:
A partir de la Ley 4/2013 se concede a las Autonomías plena potestad en la regulación de este tipo de actividad.
Según la normativa vigente, este tipo de viviendas deben estar incluidos en dicho registro especial, que solo se concede por la administración cuando los pisos tienen unas condiciones especiales y servicios concretos.
Como es lógico, se debe tributar por los ingresos recibidos en este tipo de actividad. En la declaración del IRPF si solo alquilamos el inmueble sin servicios de hostelería y, sujeto a IVA y darse de alta como autónomo en el epígrafe correspondiente, si decidimos dar servicios de alojamiento turístico. No obstante, cumplir con Hacienda no exime de cumplir con la normativa de la Comunidad Autónoma.
Muchas comunidades de propietarios se niegan a que en sus pisos se realice este tipo de actividad, pero Sentencias del Tribunal Supremo determinan que no se puede limitar esta actividad por los vecinos del inmueble, salvo que esté recogido en los Estatutos de la Comunidad o se generen problemas vecinales graves de forma objetiva.
Dicha sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala Primera de lo Civil, fue dictada el 19 de mayo de 2016 y dicta que “El uso de pisos turísticos no se considera una actividad contraria a la convivencia normal”.

Situación actual:
El Alquiler Turístico es una actividad que se lleva haciendo en España desde hace décadas ya que, por suerte, tenemos unos de los países más atractivos para el turista, tanto extranjero como español, y no todo el mundo está dispuesto al uso de hoteles, campings, apartoteles,… ya sea por temas económicos o simplemente por la flexibilidad que aporta el uso de una vivienda.
Evidentemente este tipo de actividad siempre ha generado cierta polémica entre el sector hotelero, pero en estos últimos años la actividad del alquiler turístico ha crecido notablemente debido principalmente a la irrupción de plataformas que funcionan en internet como Airbnb, Housetrip o HomeAway. Fenómeno similar al que está ocurriendo en otros sectores con Uber, Blablacar,… con respecto a los profesionales del transporte.
No obstante, como suele decir, no se puede poner puertas al campo. Este tipo de actividad va a tener que coexistir con los hoteles tradicionales y, sólo cabe una diferenciación en servicios adecuada y, dejar la libertad de que el usuario decida.
Las regulaciones de sectores por decreto la historia nos ha demostrado que no solucionan los problemas, a corto plazo permiten hacer callar algunas voces, pero a medio y largo plazo se ve que no son efectivas.

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REVISTA INMONEWS, Nº 2, Junio. Pág. 28.

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